A través de un proceso meritocrático la administración de la ‘Bogotá Humana’ apoyará a las Juntas Administradoras Locales para realizar la selección de los candidatos que podrán integrar las ternas que serán enviadas al Alcalde Mayor para la designación de los 20 mandatarios que acompañarán su gestión desde lo local.

Entre el 1 y el 3 de febrero, de 8 de la mañana a 5 de la tarde, en las sedes de las Juntas Administradoras Locales estarán abiertas las inscripciones para las personas que deseen postularse como candidatos a alcaldes locales 2012 – 2015. Los formularios de inscripción se entregarán en las mismas sedes durante los tres días del proceso.

Requisitos para la inscripción*

Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado. Este formato lo puede descargar del portal en Internet de la Secretaría de Gobierno:

http://www.gobiernobogota.gov.co/ o recogerlo en el punto de inscripción de su localidad.

Hoja de vida de la función pública debidamente soportada en medio físico y digital. Este formato lo puede descargar del portal de Internet del Departamento Administrativo de la Función Pública, sección formatos. http://portal.dafp.gov.co:7778/portal/page/portal/home/formatos o recogerlo en el punto de inscripción de su localidad.

Fotocopia legible y ampliada de la cédula de ciudadanía.

Afirmación bajo la gravedad del juramento en la que se indique que no cuenta con antecedentes judiciales ni se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades contenidas en el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993. La exigencia contenida en el literal d) de la Circular 005 de 2012 sobre requisitos de Inscripción, no aplica en lo pertinente a la causal de inhabilidad cuarta (4) del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, por lo que la afirmación que se exige a los/as aspirantes de no encontrarse incurso(a) en ninguna de las causales de inhabilidad de la norma citada, solamente será requerida respecto de las causales de inhabilidad de los numerales 1), 2), 3) y 5 del artículo 66 íbidem.

De acuerdo con el tipo de vinculación con la localidad que se quiera acreditar, se puede presentar uno o más de los siguientes documentos:

Certificación actualizada expedida por la Alcaldía Local, para acreditar residencia.

Certificado de Cámara de Comercio con una expedición no anterior a tres meses, para acreditar actividad industrial o comercial.

Certificación en la que conste el tiempo de trabajo y la dirección de la empresa, así como la naturaleza jurídica de la misma, para acreditar actividad laboral.

Certificación expedida por la persona jurídica en la que se ha desarrollado la actividad profesional, en la que conste: funciones desempeñadas, tiempo de servicio, domicilio y naturaleza de la persona jurídica; lo anterior para acreditar una actividad profesional.

Afirmación a la Junta Administradora Local respectiva, donde se indique la actividad profesional, tiempo de ejercicio y ubicación en donde se ha desarrollado; la cual se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento cuando la actividad haya sido ejercida de manera independiente.

* Los documentos presentados deberán ser legibles, completos, sin tachaduras ni enmendaduras. Deben ser entregados foliados, en el orden descrito dentro de una carpeta legajadora. No se recibirán formularios de inscripción o soportes, después de las fechas y los horarios establecidos en la presente convocatoria.

Cronograma del proceso

Febrero 1 – 3: Inscripciones. Se podrán realizar de 8:00 a.m. – 5:00 p.m., en todas las sedes de la Secretaría de la JAL de su localidad.

Febrero 4 al 7: Análisis de las hojas de vida y documentación, por parte de las JAL, con el apoyo de la Universidad Nacional de Colombia.

Febrero 8: Se publicará la lista de postulados inscritos inscritos en las instalaciones de las JAL, las sedes de las Alcaldías Locales y en el portal en Internet de la Secretaría de Gobierno: http://www.gobiernobogota.gov.co/

Febrero 9 al 13: Se podrán interponer las reclamaciones de los interesados ante las JAL.

Febrero 14 al 16: Se emitirán las respuestas a las reclamaciones interpuestas.

Febrero 15: Se anunciará lugar y hora de los exámenes.

Febrero 17: Se publicará el listado de los aspirantes admitidos para el examen en el portal en Internet de la Secretaría de Gobierno: http://www.gobiernobogota.gov.co/, en las JAL y en las Alcaldías Locales.

Febrero 18: Se llevará a cabo la prueba de conocimiento, aptitudes y habilidades. Los aspirantes inscritos que cumplan con el lleno de requisitos establecidos en la Ley serán citados a la Universidad Nacional de Colombia, a presentar la prueba de aptitudes y conocimientos específicos sobre la ciudad. Los aspirantes deben presentarse a la hora indicada en la citación, únicamente con su documento de identidad, lápiz mirado 2, tajalápiz y borrador. La prueba tiene una duración total de dos horas y media. La prueba de conocimientos tendrá un carácter eliminatorio, lo cual significa que todos/as aquellos/as postulados/as que no aprueben el 70% de la misma, no podrán participar en la siguiente etapa del proceso. Este puntaje no tiene aproximación.

Febrero 21: Se publicarán los listados de los aspirantes clasificados en el portal en Internet de la Secretaría de Gobierno: http://www.gobiernobogota.gov.co/, en las JAL y las Alcaldías Locales

Febrero 22 al 26: Término con el que cuentan los concursantes clasificados para interponer reclamaciones. Del 27 al 29 de febrero las JAL, con el apoyo de la Universidad Nacional de Colombia, resolverán las reclamaciones.

Febrero 22: Los aspirantes que superen la prueba meritocrática deberán radicar ante la respectiva secretaría de la JAL el documento que presente la visión estratégica del aspirante para la localidad. El documento debe ser máximo de 5 páginas tamaño carta, en letra Arial 12 a doble espacio.

Marzo 1: Los aspirantes clasificados serán convocados por la JAL a Audiencia Pública en la fecha y hora que estas decidan.

Marzo 1 al 12: Las JAL deliberarán y escogerán de la lista de clasificados, la terna a presentar al señor Alcalde Mayor.

Marzo 13: Es la fecha máxima que tienen todas las JAL para radicar las ternas ante la Secretaría Distrital de Gobierno.

Marzo 13 a 30: Término con que cuenta la administración para efectuar entrevista con los ternados.

Nombramiento: A partir de la entrega de las ternas por parte de las JAL de las 20 localidades, la Alcaldía Mayor de Bogotá, en cabeza de la Secretaría Distrital de Gobierno, adelantará una nueva revisión de documentos, entrevistas con los ternados y finalmente tendrá lugar el nombramiento.